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LINEAMIENTOS PARA LAS ELECCIONES CUCICBA 2025

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  • 18/06/2025

COLEGIO ÚNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN GENERAL N° 379

FECHA DE EMISION: 10-06-2025

TEMA: LINEAMIENTOS DE LAS PROXIMAS ELECCIONES DE AUTORIDADES DE CUCICBA 2025.

 

VISTO:

Lo dispuesto en los artículos 26, 28, 38 y 49 de la Ley Nro. 2.340, en relación a la duración del mandato de los Representantes de la Asamblea, Consejo Directivo, Tribunal de Ética y Disciplina y Comisión Revisora de Cuentas, respectivamente, lo dispuesto en la Reunión del H.C.D. N° 359 de fecha 10-06-25 y

 

CONSIDERANDO:

 

I.-

Que habiendo asumido sus cargos los integrantes de los distintos órganos que componen este Colegio con fecha 7-11-23 corresponde a este Consejo Directivo convocar a elecciones para su renovación total la que se celebrará conjuntamente con la Asamblea Anual Ordinaria de la institución, incluyendo este punto dentro del orden del día de asuntos a tratarse.

Que constituye un deber de este Consejo, hacer saber a sus matriculados las normas pertinentes de aplicación, con relación a las elecciones a celebrarse, que se encuentran contenidas en la ley 2340 y el Reglamento Electoral vigente, dictado por la Asamblea.

 

Que asimismo corresponde a este Consejo Directivo interpretar la ley.

 

II.-

Que el artículo 1° inc. c) del Reglamento Electoral del CUCICBA dispone que sesenta (60) días corridos anteriores a la fecha de celebración de las elecciones, se debe poner en exhibición en el local del Colegio la nómina de colegiados en aptitud de ser electores y/o candidatos a integrar la asamblea como representantes, o los organismos directivos indicándolo en cada caso en forma sumaria; sin especificarse cuáles son las condiciones de aptitud.

 

III.-

Que en relación a los auspicios o avales requeridos por el artículo 3° inc. b) del citado Reglamento, resulta también necesario fijar pautas de validación.

 

Por ello,

 

RESUELVE:

 

1°) Convocar a elecciones para la renovación de todos los cargos Asamblea, Consejo Directivo, Tribunal de Ética y Disciplina y Comisión Revisora de Cuentas, fijando fecha de comicios para el 18 de septiembre de 2025, a celebrarse desde las 09.00 hasta las 18.00 horas, en la sede del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, sito en Alsina Nro. 1382, CABA.

 

2°) Fijar fecha 1º de julio de 2025, en el horario de 9:00 a 11:00 horas, en Alsina Nro. 1382, CABA, para que las agrupaciones con voluntad de competir en el proceso electoral hagan su pedido de listas, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento Electoral, pedido que deberá ser avalado por 20 (veinte) matriculados. La acreditación procederá mediante nota dirigida al Consejo Directivo con firma de apoderado titular, suplente y un mínimo de veinte (20) matriculados habilitados para participar en los comicios.

 

3°) Fíjese el día 11 de julio de 2025 en el horario de 9:00 a 11:00 horas, en Alsina Nro. 1382, CABA, para el retiro de las planillas de avales confeccionadas por CUCICBA para respaldar las agrupaciones. Las hojas de avales estarán a disposición y podrán ser retiradas de la sede del CUCICBA por quienes acrediten ser apoderados de las listas de candidatos a presentarse, firmando para constancia.

 

4º) Fíjese la fecha del 13 de agosto entre las 9:00 hasta las 11:00 horas en Alsina Nro. 1382, CABA para la presentación de las listas definitivas de candidatos que representan a cada agrupación y la entrega de avales, debiendo respetar la Ley Nro. 6031 de la CABA, paridad de género. Que cuestiones operativas, de transparencia y seguridad jurídica requieren asegurar la participación eleccionaria de todos los colegiados en igualdad de condiciones, siendo entonces obligación del Consejo Directivo precisar un plazo concreto de provisión de estas hojas necesarias para las elecciones a celebrarse. Sin perjuicio de la facultad de los colegiados de presentar hasta el plazo de treinta (30) días anteriores a la fecha de celebración de la Asamblea, las nóminas completas de candidatos a los cargos respectivos a los fines de su oficialización (Reglamento Electoral, art. 3 inc. a). Que también resulta obligación de los interesados que presenten lista de candidatos, cooperar en la organización de los comicios a celebrarse, aportando los elementos que se les soliciten a tales efectos.

 

5°) Hacer saber a todos los matriculados en CUCICBA, que se exigirá que los candidatos a ocupar cargos en Asamblea, Consejo Directivo, Tribunal de Ética y Disciplina y Comisión Revisora de Cuentas posean como mínimo la antigüedad exigida por la ley 2340 para cada uno de los cargos al momento del acto eleccionario.

 

6°) Que el padrón electoral incluirá solamente a los matriculados activos, que se encuentran al día con la Tesorería de la institución en el pago de la matrícula correspondiente al año 2024 y que no estén cumpliendo sanciones disciplinarias en cumplimiento de lo establecido por la Ley 2340.

 

7°) Que a los fines de computar los auspicios o avales requeridos por el Reglamento Electoral de cada agrupación y lista de candidatos que se presenten, se aplicará el siguiente procedimiento a) se verificará que ningún matriculado hubiera avalado más de una candidatura; b) para el caso de que se compruebe que un mismo elector figura como avalista de más de una lista o candidatura, los avales de dicho elector no serán tenidos en cuenta para ninguna candidatura; c) en caso de existir otras irregularidades en los avales presentados o insuficiencia de los mismos, se concederá un plazo de subsanación de cuarenta y ocho horas; d) el retiro de un auspicio o aval realizado con posterioridad a la presentación de una candidatura no tendrá efectos.


8°) Designación de autoridades para integrar la junta electoral y personal que se afectará a los comicios, se designan a la Dra. Marisol Andrea PICCIRILLI documento nacional de identidad 23.215.481 y Lic. Alberto Ezequiel CROVARA, documento nacional de identidad Nro. 22.624.748 como personal afectado a lo largo del cronograma electoral. Miembros de la Junta Electoral: titulares: SEOANE, José María, documento nacional de identidad Nro. 20.966.047, Matrícula: 479; FLORES, Ana María, documento nacional de identidad Nro. 6.403.632, matrícula 4001; PEREZ SALAS, Germán Agustín, documento nacional de identidad Nro. 24.963.148, matrícula: 7641; BOSSO, Patricia Gabriela, documento nacional de identidad Nro. 22.994.225, matrícula: 8683; BOCCARDO, Gastón Héctor, documento nacional de identidad Nro. 24.424.855, matrícula 6395; suplentes: WURCEL, Alejandra Roxana, documento nacional de identidad Nro.: 17.232.872, matrícula 6478; DI GENOVA, Maximiliano Matías, documento nacional de identidad Nro. 20.695.338, matrícula: 7725; BUONGIORNO, Irma Eugenia, documento nacional de identidad Nro.: 12.463.797, matrícula: 6948; RISMAN, Adrián Dante, documento nacional de identidad Nro.: 11.889.750, matrícula: 3242; MAYORAL, Marcela Celsa, documento nacional de identidad Nro. 23.469.333, matrícula: 8720.-

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de junio de 2025.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese.


Nélida Abdala

Presidente

Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires

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